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Leyes Descargar AYA

Artículo 1756 Código Civil del Estado de Tabasco

Capítulo IV

No se comprenden las solidarias En lo dispuesto en el artículo 1441, no se comprenden las obligaciones solidarias que hubieren contraído el heredero y el autor de la herencia.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial