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Artículo 1568 Código Civil del Estado de Tabasco

Capítulo VIII

Cuándo quedarán caducas las disposiciones testamentarias Las disposiciones testamentaria caducan y quedan sin efecto en lo relativo a los herederos y legatarios, si:

I.- El heredero o legatario muere antes que el testador o antes de que se cumpla la condición de que dependen la herencia o el legado;

II.- El heredero o legatario se hace incapaz de recibir la herencia o legado; y

III.- Renuncia a su derecho.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial