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Artículo 3367 Código Civil del Estado de Sonora

Capítulo V

Salvo pacto en contrario, la enfiteusis es indivisible, de tal manera que si el dueño dividiera la finca en diversos lotes, el enfiteuta continuará ejerciendo su derecho en los mismos términos, sin que le sea oponible la división. Para los efectos del pago, sólo estará obligado el enfiteuta a ejecutar pagos parciales distintos a los diversos adquirentes, si así se estipuló expresamente en la enajenación de los lotes y se registró el acto o contrato, así como la cláusula respectiva de división en cuanto a los pagos, en el Registro Público de la Propiedad

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sonora (API gestión). Documento oficial