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Leyes Descargar AYA

Artículo 13 Código Civil del Estado de Sinaloa

Los efectos jurídicos de actos y contratos celebrados fuera del Estado y que deban ser ejecutados dentro de su territorio, se regirán por las disposiciones de este Código, en cuanto no se opongan a las disposiciones contenidas en el Código Civil para el Distrito y Territorios Federales que rige en la República en materia federal.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Sinaloa (IIP - Gaceta). Documento oficial