Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 3173 Código Civil del Estado de Quintana Roo

Capítulo TERCERO

La preferencia entre derechos reales sobre una misma finca o derechos, ya se trate de derechos cuya coexistencia sea imposible, ya de derechos que si pueden coexistir pero en orden o rango diferente, se determinará, dicha preferencia, por la prioridad de la inscripción del derecho en el Registro, cualquiera que sea la fecha de su

constitución. Se tendrá en cuenta, en su caso, lo que sobre el particular dispone el artículo 3184

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial