Artículo 3069 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo QUINTO
La entrega de la escritura de la propiedad de un inmueble, por el deudor a su acreedor es presunción de la existencia de la anticresis; pero es a cargo del acreedor la prueba de la obligación principal.
TÍTULO VIGESIMO SEGUNDO De la hipoteca.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial