Artículo 2754 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Título OCTAVO
Las relaciones entre proveedor -vendedor y arrendador -adquirente por una parte, y entre arrendador financiero y arrendatario por otra, se rigen por lo que convengan ellos en los respectivos contratos y por las disposiciones de este título, y en lo no previsto por las normas que rigen los contratos de compraventa para las dos primeras personas y de arrendamiento para las dos segundas.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial