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Artículo 2223 Código Civil del Estado de Quintana Roo

Título PRIMERO

- Son fuentes de las obligaciones los hechos, actos y negocios jurídicos reglamentados en este Código; pero la voluntad del hombre en los negocios unilaterales y el consentimiento en los bilaterales y plurilaterales, requerirá necesariamente del concurso del a ley para obligar a aquél y el efecto o los efectos deseados dejarán de producirse si la ley, expresa o tácitamente, los prohíbe

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial