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Leyes Descargar AYA

Artículo 1602 Código Civil del Estado de Quintana Roo

Capítulo QUINTO

- Quien por la repudiación de la herencia debe entrar en ella, podrá impedir que la acepten los acreedores, pagando a éstos los créditos. que tienen contra el que la repudió

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial