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Artículo 139 Código Civil del Estado de Quintana Roo

Capítulo PRIMERO

- Son elementos de validez del negocio jurídico:

l.- La capacidad de ejercicio del autor o de las partes;

II.- La voluntad no viciada;

III.- La licitud en el objeto indirecto. en el motivo o fin o en la condición del negocio; y

IV.- La forma

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial