Artículo 1099 Código Civil del Estado de Quintana Roo
Capítulo SEXTO
Si el tutor tuviere dos o más excusas, las expondrá simultáneamente dentro del plazo respectivo y si expone una sola, se entenderán renunciadas las demás; pero la exposición debe hacerse dentro de los quince días siguientes a la fecha en que se le notifique un nombramiento y si no lo hace así se entenderá renunciado el impedimento o la excusa.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial