Artículo 284 Código Civil del Estado de Querétaro
Título TERCERO
La línea recta es ascendente o descendente: ascendente es la que liga a una persona con su progenitor o tronco de que procede; descendente es la que liga al progenitor con los que de él proceden. La misma línea es pues, ascendente o descendiente según el punto de partida y la relación a que se atiende
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