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Leyes Descargar AYA

Artículo 2832 Código Civil del Estado de Querétaro

Capítulo IV

- Será nula la transacción que verse:

I. Sobre delito, dolo y culpa futuros;

II. Sobre la acción civil que nazca de un delito o culpa futuros;

III. Sobre sucesión futura;

IV. Sobre un herencia, antes de visto el testamento, si lo hay, y V. Sobre el derecho de recibir alimentos

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de enero de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial