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Leyes Descargar AYA

Artículo 2570 Código Civil del Estado de Querétaro

Título PRIMERO

- Las asociaciones de asistencia social se regirán por las leyes especiales correspondientes. SECCIÓN II DE LAS SOCIEDADES CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES ARTÍCULO 2571.- Por el contrato de sociedad los socios se obligan mutuamente a combinar sus recursos o sus esfuerzos para la realización de un fin común, de carácter preponderantemente económico, pero que no constituya una especulación comercial

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de enero de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial