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Leyes Descargar AYA

Artículo 2443 Código Civil del Estado de Querétaro

Título PRIMERO

- Si un accidente imprevisto hiciere, a juicio del mandatario, perjudicial la ejecución de las instrucciones recibidas, podrá suspender el incumplimiento del mandato, comunicándolo así al mandante por el medio más rápido posible

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de enero de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial