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Leyes Descargar AYA

Artículo 2292 Código Civil del Estado de Querétaro

Título PRIMERO

Al concluirse la reparación del predio, el inquilino tendrá preferencia para que se otorgue en su favor un nuevo contrato de arrendamiento, pudiendo, en ese caso, el propietario aumentar el precio de la renta en proporción al incremento que con la reparación tenga el valor del inmueble.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de enero de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial