Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1697 Código Civil del Estado de Querétaro

Capítulo VII

- Cuando se exija la forma escrita para el contrato, los documentos relativos deben ser firmados por todas las personas a las cuales se imponga esa obligación. Si alguna de ellas no puede o no sabe firmar, lo hará otra a su ruego y en el documento se imprima la huella digital del interesado que no firmó DIVISIÓN DE LOS CONTRATOS ARTÍCULO 1698.- El contrato es unilateral cuando una sola de las partes se obliga hacia la otra, sin que ésta le quede obligada

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de enero de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial