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Leyes Descargar AYA

Artículo 1574 Código Civil del Estado de Querétaro

Capítulo VII

- El albacea, antes de formar el inventario, no permitirá la extracción de cosa alguna, si no es que conste la propiedad ajena por el mismo testamento, por instrumento público o por los libros de la casa llevados en debida forma, si el autor de la herencia hubiere sido comerciante

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  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

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Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial