Artículo 1440 Código Civil del Estado de Querétaro
Capítulo I
El testamento ológrafo quedará sin efecto cuando el original o el duplicado, en su caso, estuvieren rotos, o el sobre que los cubre resultare abierto, o las firmas que los autoricen aparecieren borradas, rapadas o con enmendaduras, aún cuando el contenido del testamento no sea viciosa
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