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Leyes Descargar AYA

Artículo 1378 Código Civil del Estado de Querétaro

Capítulo I

- El especial puede ser:

I. Privado;

II. Militar;

III. Marítimo;

IV. Hecho en país extranjero ; y V. De vivienda de interés social o popular la disposición testamentaria que se haga respecto de un inmueble conceptuado como vivienda de interés social o popular, designado beneficiario en el acto de adquisición

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de enero de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial