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Leyes Descargar AYA

Artículo 125 Código Civil del Estado de Querétaro

Título TERCERO

- Las actas a que se refiere el artículo anterior, deberán contener: el nombre, edad, estado civil y nacionalidad de la persona de quien se traten, los puntos resolutivos de la sentencia, fecha de la misma y la designación del tribunal que la dictó

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 12 de enero de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Nacional. Documento oficial