Artículo 731 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XI
Al compromiso en árbitros de los negocios del incapaz, son aplicables las siguientes disposiciones:
I. Se requiere licencia judicial para que el tutor pueda comprometer en árbitros los negocios del un capaz;
II. Únicamente con aprobación judicial nombrará el tutor a los árbitros.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial