Artículo 3363 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XII
Los interesados podrán pedir al Juez que se proceda oportuna y decorosamente a la averiguación de la preñez.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.
Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial