Artículo 2989 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XXIV
Se deroga.
422Articulo derogado el 13/abr/2009. 423Articulo derogado el 13/abr/2009.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial