Artículo 2815 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XXI
El derecho real a que se refiere el artículo anterior, se llama “ derecho real de prenda” ; y el objeto sobre el que recae ese derecho se llama también ''prenda''
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.
Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial