Artículo 2674 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XVIII
El vendedor tiene derecho al precio aunque no lleguen a existir los frutos comprados.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.
Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial