Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2651 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo XVI

Cuando el contrato de enfiteusis fuera rescindido, deberá abonar el dueño las mejoras útiles, si el aumento subsiste al tiempo de la rescisión y salvo pacto en contrario.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial