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Leyes Descargar AYA

Artículo 2526 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo XI

Si varias personas encomendaren un negocio al mismo profesional, se aplicarán las siguientes disposiciones:

I. Serán solidariamente responsables de los honorarios y de los anticipos que hubiere hecho el profesional;

II. Una vez que sean cubiertos los honorarios y anticipos por alguno de los obligados, el profesional no tiene derecho para exigir el pago a los demás.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial