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Leyes Descargar AYA

Artículo 2399 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo VIII

El incapaz que acepte el depósito no puede, si se declara nulo el contrato, eximirse de restituir el bien depositado si lo tiene aún en su poder.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial