Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2264 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo VI

En los dos supuestos previstos en el artículo anterior, el contrato de arrendamiento se sujetará, por lo que hace a las facultades del arrendador para celebrarlo, a las que le conceda el dueño, en el primer caso, o la ley en el segundo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial