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Leyes Descargar AYA

Artículo 2149 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo II

No pueden comprar los bienes de cuya venta o administración se hallen encargados:

I. Los mandatarios;

II. Los tutores y curadores;

III. Los albaceas;

IV. Los interventores nombrados por el testador o por los herederos;

V. Los representantes, administradores e interventores en caso de ausencia; y, VI. Los empleados públicos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial