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Artículo 1449 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo IV

Para que el contrato exista se requiere:

I. Consentimiento;

II. Objeto que pueda ser materia de las obligaciones creadas por el contrato;

III. Solemnidad cuando la ley la exija.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial