Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1399 Código Civil del Estado de Puebla

Capítulo XV

Si varias personas poseen en común algún bien, no puede ninguna de ellas usucapir contra sus copropietarios o coposeedores; pero sí pueden usucapir contra un extraño y, en este caso, la usucapión aprovecha a todos los copartícipes.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 17 de noviembre de 2025.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial