Artículo 1367 Código Civil del Estado de Puebla
Capítulo XIV
Es poseedor de buena fe:
I. El que entra en la posesión en virtud de un justo título;
II. El que ignora los vicios de su título; o, III. El que ignora que su título es insuficiente.
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Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial