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Artículo 2636 Código Civil del Estado de Oaxaca

Capítulo VII

Las condiciones de este contrato se regularán por la voluntad de los interesados; pero a falta de convenio se observará la costumbre del lugar, salvas las siguientes disposiciones.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial