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Leyes Descargar AYA

Artículo 2039 Código Civil del Estado de Oaxaca

Capítulo II

El enajenante no tiene obligación de responder de los vicios redhibitorios, si el adquirente obtuvo la cosa por remate o por adjudicación judicial.

Sección segunda (sic) Efectos de las obligaciones con relación a tercero.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial