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Leyes Descargar AYA

Artículo 1902 Código Civil del Estado de Nuevo León

Capítulo IV

Solo por el consentimiento de todos los acreedores puede remitirse la obligación indivisible o hacerse una quita de ella

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso de Nuevo León. Documento oficial