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Artículo 2314 Código Civil del Estado de Morelos

Capítulo I

APLICABILIDAD DEL PROCEDIMIENTO DE INSCRIPCION DE HIPOTECAS A LA PRENDA SOBRE OBLIGACIONES FUTURAS DE EFECTOS CONTRA TERCERO. Para hacer constar en el Registro Público de la Propiedad el cumplimiento de las condiciones a que se refieren los artículos que preceden, o la existencia de las obligaciones futuras, se observará el procedimiento establecido en el artículo 2397 de este Código para las hipotecas.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos. Documento oficial