Artículo 2209 Código Civil del Estado de Morelos
Capítulo II
APLICACION DE LAS REGLAS DE LA COMPRAVENTA A LA COMPRA DE ESPERANZA. Los demás derechos y obligaciones de las partes, en la compra de esperanza, serán los que se determinan los preceptos de este Código relativos a la compraventa.
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Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos. Documento oficial