Artículo 21 Código Civil del Estado de Morelos
Capítulo II
ELEMENTOS ESENCIALES DEL ACTO JURIDICO. Son elementos de existencia del acto jurídico:
I.- La declaración o manifestación de voluntad con la finalidad de producir consecuencias de derecho;
II.- El objeto de la manifestación o declaración volitiva, o de las consecuencias que con ella se pretenden, siempre que sean física y jurídicamente posibles; y III.- La solemnidad en los casos regulados por este Ordenamiento.
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Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos. Documento oficial