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Leyes Descargar AYA

Artículo 1782 Código Civil del Estado de Morelos

Capítulo V

EVICCION DEL COMPRADOR. Si el comprador sufriere evicción, el vendedor deberá responder en la forma y términos previstos por los artículos 1520 a 1542 de este Ordenamiento.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos. Documento oficial