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Leyes Descargar AYA

Artículo 1697 Código Civil del Estado de Morelos

Libro SEXTO

MODIFICACION DE LA PENA. Si la obligación fuere cumplida en parte, la pena se modificará en la misma proporción.

Si la modificación no pudiere ser exactamente proporcional, el Juez reducirá la pena de una manera equitativa, teniendo en cuenta la naturaleza y demás circunstancias de la obligación.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos. Documento oficial