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Leyes Descargar AYA

Artículo 1083 Código Civil del Estado de Morelos

Capítulo VII

ADMINISTRACION DEL BIEN COMUN POR ACUERDO MAYORITARIO. Para la administración del bien común, serán obligatorios todos los acuerdos de la mayoría de los partícipes.

Para que haya mayoría se necesita la mayoría de copropietarios y la mayoría de intereses.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Consejería Jurídica del Estado de Morelos. Documento oficial