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Leyes Descargar AYA

Artículo 592 Código Civil del Estado de Michoacán

Capítulo VII

En los legados alternativos la elección corresponde al heredero, si el testador no la concede expresamente al legatario

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial