Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 1532 Código Civil del Estado de Michoacán

Capítulo III

Es aplicable a la revocación de las donaciones hechas por ingratitud lo dispuesto en los artículos del 1522 al 1525

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Congreso del Estado de Michoacán (sitio activo congresomich.site). Documento oficial