Artículo 2666 Código Civil del Estado de Jalisco
Capítulo I
El testamento es el acto jurídico, unilateral, personalísimo, libre y solemne por medio del cual una persona física capaz para ello, dispone de sus bienes y derechos; declara o cumple deberes para después de su muerte o realiza reconocimiento de hijo.
El testamento es revocable en cualquier momento, pero esta revocación sólo tendrá efectos en cuanto a la disposición de bienes y derechos.
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Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial