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Leyes Descargar AYA

Artículo 2554 Código Civil del Estado de Jalisco

Capítulo II

- Cuando la hipoteca a que se refiere el artículo anterior, se otorga respecto de un bien que tenía gravámenes previos, serán aplicables las disposiciones señaladas en él, exceptuando lo relativo a la prelación del crédito, cuyas características serán las mismas, pero en segundo o ulterior grado, después de los gravámenes impuestos con anterioridad

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial