Artículo 2534 Código Civil del Estado de Jalisco
Capítulo I
Si con culpa del deudor o sin ella, el inmueble hipotecado se hiciere insuficiente para la seguridad de la deuda, podrá el acreedor exigir que se incremente la hipoteca, hasta que a juicio de peritos, garantice debidamente la obligación principal
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Texto tomado de Biblioteca Virtual Congreso de Jalisco. Documento oficial