Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 2731 NONIES Código Civil del Estado de Hidalgo

Capítulo VI

Si después de cubiertas las deudas sociales existe haber social que distribuir entre los integrantes deben observarse como normas mínimas protectoras, sin que valga pacto en contrario, las siguientes:

I.- Se deben formar lotes de bienes o derechos que serán aplicados exclusivamente a cada uno de los integrantes cuyo valor equivalga al haber social a que tenga derecho en la distribución;

II.- La aplicación de los lotes de bienes o derechos en ningún caso producirá estado de indivisión entre los integrantes;

III.- En el supuesto de que los bienes o derechos que constituyen el patrimonio de la persona moral no admitan cómoda división por su naturaleza o por disposición de ley se procederá a su venta a valor comercial en almoneda pública y se aplicará a cada integrante el producto de la venta en proporción al valor de sus derechos sociales; y

IV.- Siendo válido que el integrante que tenga posibilidades económicas participe como postor en la almoneda pública, siempre y cuando pague de contado el precio de los bienes o derechos cuya venta se propone y sumando sus derechos sociales pendientes de cubrir consolide la propiedad o titularidad plena del bien o derecho objeto de venta pública. Artículo adicionado P.O. Alcance dos del 28 de julio de 2022.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial