Artículo 1439 Código Civil del Estado de Hidalgo
Capítulo VII
Si la cosa indeterminada fuere inmueble, sólo valdrá el legado existiendo en la herencia varias del mismo género; para la elección se observarán las reglas establecidas en los artículos 1437 y artículo 1440 - El obligado a la entrega del legado responderá en caso de evicción, si la cosa fuere indeterminada y se señalase solamente por género o especie
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Hidalgo. Documento oficial